ACNEE
Los alumnos con ACNEE (Alumnos Con Necesidades Educativas Especiales) son aquellos que requieren, en un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de la conducta.
La normativa, por su parte, establece que para que un alumno sea considerado como ACNEE, necesita un informe de evaluación psicopedagógica y además un Dictamen de escolarización elaborado por los profesionales los responsables de la orientación, que establecen la presencia de necesidades educativas especiales y la modalidad de escolarización más adecuada para ese alumno. Las modalidades de escolarización pueden ser: escolarización en centro ordinario, en centro de Educación Especial o una escolarización combinada entre ambos.
ACNEAE
Por su parte, los ACNEAE (Alumnos Con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo) son aquellos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o historia escolar.
Los profesionales responsables de la orientación son los que deben detectar esas necesidades específicas de apoyo educativo y dejar constancia de ello en un informe de evaluación psicopedagógica.
Así pues, se puede decir que todos los ACNEE, son ACNEAE, pero no todos los ACNEAE, son ACNEE. Ambos tienen en común que precisan una respuesta diferente a la ordinaria, y precisan de un informe de evaluación psicopedagógica previo.
DIFERENCIAS
A continuación, se exponen las principales diferencias entre ACNEE y ACNEAE.
En primer lugar, los ACNEE requieren un informe de evaluación psicopedagógica y un dictamen de escolarización, mientras que los ACNEAE requieren, únicamente, el informe de evaluación psicopedagógica.
En segundo lugar, los ACNEE pueden escolarizarse en escuelas ordinarias, en escuelas de Educación Especial o con escolarización combinada, en cambio, los ACNEAE se escolarizan siempre en centros ordinarios.
En tercer lugar, en cuanto a la evaluación, los ACNEE suelen cursar un currículo diferente al ordinario, es decir, presentan ACI, por tanto, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estos alumnos se pueden modificar; suprimir, ampliar... Sin embargo, los ACNEAE siguen el currículum del nivel en el que se encuentran.
En cuarto lugar, en cuanto a la decisión de promocionar o no de curso, los ACNEE repiten curso cuando se considera beneficioso para su integración social o cuando su permanencia un año más garantiza la consecución de los objetivos generales de la etapa en la que se encuentra. En los ACNEAE, la decisión de promoción o no tiene los mismos criterios que para el resto del alumnado.
Por último, destacar también que los ACNEE reducen en una plaza escolar la ratio del aula en la que está escolarizado, mientras que con los ACNEAE no sucede esto.
Aquí os dejamos un vídeo en el que se van a tratar más detenidamente ambos conceptos y se va a indagar sobre la evolución del concepto de atención a la diversidad.
Buenos días Andrea,
ResponderEliminarme ha parecido muy interesante tu post. Actualmente soy opositora y me gustaría leer y tener más información sobre el tema. Estaría genial encontrar un libro o artículo -o varios- centrado en la etapa de primaria y que se centrara también en cómo programar de forma creativa actividades adecuadas para este alumnado. Por favor, si tienes alguna recomendación estaría muy agradecida. También cualquier otra publicación más general que encuentres interesante será bienvenida.
Muchas gracias de antemano.
Noelia